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Artículo 254 del Código Penal, una amenaza silenciosa para periodistas en México

  •  Conferencia “Necesaria reforma al Código Penal en materia de noticias exageradas o tendenciosas”


Por Sebastián Campos Rivera


En México, los periodistas que publiquen noticias que se consideren falsas, exageradas o tendenciosas pueden ser sancionados con 3 y hasta 10 años de prisión, de acuerdo con lo establecido en el artículo 254 del Código Penal Federal. No obstante, esta disposición parece estar fuera del radar de los grupos mediáticos y de los profesionales de la información, según indicó el abogado fiscalista Eduardo Lima Gómez, durante su conferencia “Necesaria reforma al Código Penal en materia de noticias exageradas o tendenciosas”, este jueves 13 de noviembre, en el auditorio Alejandro Avilés de la Septién.


De acuerdo con el jurista, mediante estas sanciones el “Estado mexicano está ejerciendo de manera directa un control social directo respecto de la información mediante subordinación”, convirtiéndose así en “un problema grave, no sólo para la propia libertad de expresión, sino para la democracia en sí misma”.


“En México cada vez es más fácil que una persona sea encarcelada. Se han reducido los estándares para que una persona pueda estar adentro de un reclusorio. Ya me imagino una investigación en la cual se señale a alguna persona en el cual se le impute que publicó una noticia que resulta pretenciosa y quede dentro de la prisión”, abundó el docente de la Septién ante la comunidad estudiantil.


Asimismo, afirmó que, en el transcurso de la historia de México, las autoridades han ejercido estrategias de control social, mediante las cuales se pretende minimizar o disolver el ejercicio de la propia liberta de expresión, es decir, una lucha entre lo que se denomina garantismo y decisionismo.


“Hace 20 años no nos hubiéramos encontrado en este escenario. Sin embargo, yo les puedo garantizar que la criminalización de la generación de información va a continuar si es que nosotros no hacemos algo al respecto”, comentó Lima Gómez.


Además, advirtió que, de aplicar estas disposiciones en materia penal, los primeros que deberían de ser sometidos a revisión son los representantes gubernamentales, pues desde el carácter público están generando noticias pretenciosas a fin de posicionar sus discursos.


Con este panorama, apuntó que los gobiernos democráticos argumentan que no pretenden usar dicha disposición, pero que la mantienen prevista dentro de la ley en forma de advertencia e instó a las nuevas generaciones de profesionistas que, de alguna manera estén relacionados con la industria informativa, a buscar la derogación de este tipo de normas.


Al finalizar la conferencia, el maestro Eduardo Lima Gómez recibió un reconocimiento de parte de las autoridades de la Escuela de Periodismo Carlos Septién García.

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