Becas
Sobre procedimientos, condiciones y requisitos relacionados con las becas y beneficios económicos, el estudiantado se atendrá a lo dispuesto en el Capítulo XIII del Estatuto Reglamento.
Por disposición de la SEP, la obligación de asignar y renovar becas totales o parciales a los alumnos por un ciclo escolar semestral es plena responsabilidad de las instituciones particulares de educación superior con reconocimientos de validez oficial de estudios.
De acuerdo con lo establecido por la SEP, la Escuela otorgará becas a 5% de la matrícula. Estas becas podrán ser totales o parciales, siempre y cuando se cubra ese porcentaje.
La SEP supervisa el otorgamiento y la renovación de las becas.
Las becas otorgadas por disposición de la SEP al 5% del estudiantado están sujetas para su distribución y renovación a la decisión del Comité de Becas, formado por las autoridades de la Escuela, así como por los alumnos representantes de grupo de cada ciclo escolar vigente. Su fallo será inapelable.
Becas y beneficios económicos
1. BECAS
Sobre procedimientos, condiciones y requisitos relacionados con las becas y beneficios económicos, el estudiantado se atendrá a lo dispuesto en el Capítulo XIII del Estatuto Reglamento.
Por disposición de la SEP, la obligación de asignar y renovar becas totales o parciales a los alumnos por un ciclo escolar semestral es plena responsabilidad de las instituciones particulares de educación superior con reconocimientos de validez oficial de estudios.
De acuerdo con lo establecido por la SEP, la Escuela otorgará becas a 5% de la matrícula. Estas becas podrán ser totales o parciales, siempre y cuando se cubra ese porcentaje.
La SEP supervisa el otorgamiento y la renovación de las becas.
Las becas otorgadas por disposición de la SEP al 5% del estudiantado están sujetas para su distribución y renovación a la decisión del Comité de Becas, formado por las autoridades de la Escuela, así como por los alumnos representantes de grupo de cada ciclo escolar vigente. Su fallo será inapelable.
Las becas se otorgan por un semestre, pero cuando las circunstancias económicas verdaderamente lo ameriten, podrán ser propuestas para su renovación.
Las becas comprenden la exención porcentual del pago de cuotas de inscripción y colegiaturas. La Escuela bonificará a los becarios las cantidades que hubieran sido cubiertas por dichos conceptos, de acuerdo con el porcentaje de beca que haya sido otorgado.
Se considerará prioritaria para la asignación de beca la urgente necesidad económica del alumno y se tendrá en cuenta su rendimiento académico durante el semestre anterior. El promedio mínimo es de 8.5. Un examen extraordinario cancela este beneficio.
Un reporte de indisciplina, según la gravedad del caso previsto en el Estatuto Reglamento, puede cancelar la beca.
Al principio de cada semestre, la institución exhibirá la convocatoria de becas con los requisitos exigidos a los solicitantes en relación con su situación económica y su rendimiento académico.
La cancelación de este beneficio se dará en cualquier caso en que alguno de los datos proporcionados por el solicitante no fuera verídico.
Los solicitantes de beca no podrán formar parte del Comité de Becas.
El Comité de Becas podrá recurrir a servicios profesionales externos para la realización de un estudio socioeconómico de cada aspirante.