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Reglamento de titulación de posgrado

Artículo 1

Artículo 1. La única modalidad para obtener el grado de maestro es la presentación de un trabajo recepcional que puede ser gran reportaje o  tesis y su defensa.

 

a) Tesis: es una investigación que debe aportar nuevos conocimientos o amplía, perfecciona, o rebate otros conocimientos, teorías o propuestas. Idealmente debe representar una innovación en el campo de la profesión; debe ser clara, precisa, objetiva y propositiva.

 

b) Gran reportaje: es un trabajo de investigación periodística exhaustivo sobre un tema determinado, que implica un rigor metodológico y técnico e incluye investigación de campo, documental y testimonial. Debe reunir además las características de todo trabajo periodístico profesional: actualidad, claridad, trascendencia social e interés público.

 

c) El trabajo puede ser individual o colectivo (no más de dos personas).

 

d) La extensión de cualquiera de las modalidades es libre.

 

Artículo 2

Artículo 2. Para iniciar los trámites para la obtención del grado de Maestría, el maestrando debe cumplir los requisitos siguientes:

 

a) Haber cubierto íntegramente el plan de estudios con calificación aprobatoria.

 

b) No tener adeudos con la Escuela de Periodismo Carlos Septién García. Para verificar lo anterior, se expedirá una constancia de no adeudo que deberá ser sellada y firmada por las siguientes áreas: Control escolar, Biblioteca, Administración.

 

c) Efectuar el pago correspondiente a los derechos de obtención de grado.

 

Artículo 3

Artículo 3. En el expediente de Control escolar deberá existir la documentación siguiente:

 

I. Original de acta de nacimiento o carta de naturalización;

 

II. Dos copias de cédula profesional;

 

III. Dos copias de título profesional de licenciatura;

 

IV. Original de certificado de estudios de la maestría;

 

V. 6 fotografías tamaño título, ovaladas, blanco y negro.

 

Artículo 4

Artículo 4. El alumno tendrá derecho a asesoría sin costo para la elaboración de su tesis durante los dos meses siguientes a partir de la conclusión de sus estudios, si excede de este plazo deberá pagar asesoría extemporánea.

 

Artículo 5

Artículo 5. Los pasos para la presentación del trabajo recepcional son los siguientes:

 

a) El maestrando registra el trabajo recepcional ante la Coordinación escolar de posgrado, mediante el Formato de Registro de Tesis.

 

b) A la Coordinación escolar de posgrado compete autorizar el tema; asimismo, señalar un asesor según el tema y concertar la forma de asesoría.

 

c) Una vez aprobado el trabajo recepcional por el asesor, la Coordinación escolar de posgrado lo turnará a los otros dos miembros del jurado; en caso de aprobarlo, se notificará al maestrando por escrito y, en caso de no aprobarlo, se le indicarán las correcciones necesarias para su aprobación, que deberá realizar en un plazo no mayor a un mes.

 

d) Después de realizar las correcciones el aspirante deberá presentar un ejemplar con los cambios que se indicaron, para la aprobación de la Coordinación escolar de posgrado. El maestrando entregará cuatro ejemplares impresos con los requisitos formales que se indiquen.

 

e) El maestrando cubrirá la cuota de titulación establecida por la Escuela para presentar el examen.

 

Artículo 6

Artículo 6. Los sinodales deberán ser miembros de la planta docente de la Escuela de Periodismo Carlos Septién García.

 

Artículo 7

Artículo 7. Los exámenes profesionales serán públicos, y se realizarán con base en los lineamientos siguientes:

 

a) Se celebrarán en las instalaciones de la Escuela de Periodismo Carlos Septién García.

 

b) Se llevarán a cabo en el día, hora y sala que haya fijado la Coordinación escolar de posgrado.

Artículo 8

Artículo 8. El examen profesional deberá desarrollarse de la manera siguiente:

 

El examen profesional se presentará individualmente.

Para iniciar el acto deberán estar presentes los tres sinodales autorizados.

Antes de iniciar el interrogatorio, el sinodal secretario leerá el oficio que autoriza la celebración del examen de grado.

Cada uno de los jurados tendrá un turno para interrogar al sustentante, que podrá ampliarse una vez que terminen los otros dos. Los sinodales deben haber preparado un cuestionario por escrito, con el fin de apoyar su participación.

Al concluir la réplica, los sinodales deliberarán libre y reservadamente.

 

Artículo 9

Artículo 9. En consideración a que habrá trabajos y exámenes de grado que, además de aprobados, merezcan un reconocimiento adicional por su aportación al periodismo o a la comunicación social, la Escuela de Periodismo Carlos Septién García ha instituido un diploma sui jure que se otorgará con base en los criterios siguientes:

 

a) Mención honorífica: cuando a juicio de los sinodales un trabajo recepcional haya sido sobresaliente  y, además, el examinado lo haya defendido en forma brillante. Para acreditar esta mención es requisito sine qua non tener un promedio mínimo de 9 en  la maestría y no haber recursado materias.

 

b) Excelencia: cuando a criterio del sínodo el trabajo recepcional y su defensa hayan sido excepcionales y el alumno tenga un promedio mínimo de 9.5.

 

c) Summa cum laude: cuando además de los elementos anteriores referentes al trabajo recepcional y al examen, el primero constituya una aportación extraordinaria al estudio del periodismo o la comunicación social y el sustentante tenga un promedio general de 10.

 

Artículo 10

Artículo 10. Los criterios de calificación para un examen recepcional son los siguientes: cada sinodal emitirá su voto, el cual sólo puede ser de “aprobado” o “suspendido”. El resultado de la deliberación deberá ser unánime. Si no es aprobado, el sustentante podrá tramitar un segundo examen sobre el mismo trabajo recepcional, no antes de un mes ni después de tres. Si vuelve a ser suspendido, deberá realizar otro trabajo recepcional que satisfaga todos los requisitos establecidos y presentar el examen correspondiente. Si en esta tercera oportunidad fallara, quedará inhabilitado para titularse.

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